COMPETENCIAS DELEGADAS
1. Por delegación del Alcalde corresponderán a los Tenientes de Alcalde las siguientes competencias generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de su Área, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos o servicios municipales:
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- Don Carlos Porcel Aibar: Área de Presidencia
- Doña Ana María Tinas Viñas: Área de Bienestar Social, Familia, Salud, Igualdad y Solidaridad.
- Don Víctor Ortega Povedano: Área de Obras, Servicios y Medio Ambiente.
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2. Estas delegaciones genéricas incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Comprenderán las siguientes atribuciones, en las materias, asuntos y servicios de las respectivas Áreas:
* Área de Presidencia:
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- Firma de las certificaciones administrativas emitidas por la Secretaría General.
- Firma de comunicaciones y escritos de remisión de documentación administrativa a terceros que, siendo competencia de la Alcaldía, deban emitirse desde todas las áreas.
- Expresión de firma y visto bueno de los certificados que expida la Secretaría General respecto de los Decretos y de los acuerdos adoptados por el Pleno y la Junta de Gobierno Local.
- Firma de los documentos por los que se ordene la inserción en Boletines Oficiales de publicaciones de las distintas Áreas del Ayuntamiento.
- Resoluciones y autorizaciones relativas al Registro de Parejas de Hecho.
- Aprobación de los expedientes por autorización de las tarjetas de armas.
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento.
- Resoluciones, aprobaciones y trámites relativos a la gestión integral del Padrón de Habitantes, tramitación del Censo Electoral, sus revisiones y reclamaciones, así como certificaciones y diligencias relativas al archivo municipal y tablón de anuncios.
* Área de Bienestar Social, Salud, Familia, Igualdad y Solidaridad:
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- Visto bueno en pagos de facturas a usuarios de exclusión social a través de subvenciones de la J. A. y partida presupuestaria de la concejalía.
- Visto bueno en informes propuesta e informes de necesidad dirigidos a los órganos colegiados competentes (Junta de Gobierno Local, Comisiones Informativas y Pleno)
- Visto bueno en la gestión de programas, recursos y prestaciones a nivel social
- Conformidad en la realización de actuaciones y actividades a nivel sociocomunitario
- Otro tipo de gestiones, a nivel social, que necesiten de la aprobación y/o visto bueno de la concejalía.
* Área de Obras, Servicios y Medio Ambiente
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- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Gestión, tramitación y resolución de procedimiento en lo relativo a vehículos abandonados.
- Gestión, tramitación y resolución de procedimiento en lo relativo a Tenencia de Animales Peligrosos.
- Gestión, tramitación y resolución de procedimiento en lo relativo a Policía Sanitaria Mortuoria.
DELEGACIONES ESPECIALES.
Además de las competencias que con carácter general se delegan en los Tenientes de Alcalde esta Alcaldía podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal/a para la dirección y gestión de asuntos determinados, incluidos en las citadas Áreas, correspondiendo al Concejal-Teniente de Alcalde que ostenta las delegaciones genéricas las facultades de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos.
En este acto resuelvo conferir delegación especial para la dirección y gestión de servicios determinados en el/la siguiente Concejal/a:
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- Doña Sofía Bedón Garrido: Área de Economía, Contratación, Comercio y Consumo.
- Don Antonio García Leiva. Área de Urbanismo y Seguridad Ciudadana.
- Doña Vanesa Romero Urbano: Área de Maracena 2030.
- Doña María Desirée Velázquez Triguero: Área de Juventud y Eventos.
- Don Carlos Porcel Aibar: Área de Deportes y Regeneración Urbana y Mantenimiento.
- Don Francisco Javier Pérez Yeste: Área de Cultura y Educación.
- Don Marcelino Medina Hidalgo: Área de Recursos Humanos, Régimen Interior, Formación y Empleo.
Estas delegaciones especiales incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Comprenderán las siguientes atribuciones, en las materias, asuntos y servicios de las respectivas Áreas:
* Área de Urbanismo, Patrimonio, Tráfico, Movilidad e Infraestructuras
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- Tramitación y resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial.
- Tramitación y resolución de los procedimientos en materia de disciplina urbanística, órdenes de ejecución, legalización y restauración de la legalidad.
- Incoación de expediente sancionador, resolución de los recursos interpuestos de imposición de multa por infracción de las ordenanzas municipales y legislación estatal y autonómica.
- Otorgamiento de las licencias y autorización que no estén expresamente atribuidas al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
- Concesión de autorizaciones sobre uso de la vía pública para espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales, así como las restricciones al tráfico rodado.
* Área de Recursos Humanos, Régimen Interior, Formación y Empleo,
Consumo y Desarrollo Local
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- Expedición de Certificados de empresa, servicios prestados y anticipos de nómina.
- Expresión de firma de contratos de trabajo del personal laboral, así como los preavisos de extinción de dichos contratos.
- Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal laboral temporal, así como los relativos a programas especiales de empleo, y firma de las resoluciones relacionadas con la tramitación de los correspondientes procedimientos.
- Gestión de trámites del personal municipal ante Seguridad Social, INEM, SAE y Hacienda Tributaria.
- Concesión de autorizaciones en materia de comercio ambulante, mercadillos y rastros en la vía pública.
* Área de Seguridad Ciudadana y Protección Civil
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- Ejercer la Jefatura de la Policía Municipal y de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.
* Área de Economía, Hacienda, Contratación y Comercio
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- En materia de gestión económica y hacienda la firma del visado de los documentos de retención de crédito y de las certificaciones que sean expedidas por el funcionario que corresponda.
- La firma de cuantos documentos sean necesarios en materia de gestión económica y de contratación que no estén expresamente atribuidos al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.